Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-6250

LOGRO 2000, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 7501 a 7502 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-6250

TEXTO

Anuncio de reducción de capital y transformación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio se hace público que la Junta General Universal de la sociedad Logro 2000, S.A. con NIF A-78642725, en su reunión celebrada el pasado 21 de septiembre de 2023, en preparación de la transformación de Sociedad Anónima a Sociedad Limitada se adaptaron los siguientes acuerdos:

i) Se acordó por unanimidad transformar la sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada, con la consiguiente modificación de los estatutos sociales. A tal fin, se aprobó, por unanimidad, como balance de transformación, el cerrado a 31 de agosto de 2023 - dentro de los seis meses anteriores a la adopción del acuerdo-, la consiguiente sustitución de acciones por participaciones sociales, y la adjudicación de participaciones a los socios en la misma proporción que tenían los socios de la sociedad transformada.

A efectos de lo dispuesto en la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se pone de manifiesto que el presente acuerdo de transformación se aprobó, por unanimidad, y por tanto sin necesidad de haberse puesto a disposición de los socios la información establecida en la citada ley, no procediendo aplicar el derecho de separación del socio regulado en la misma.

ii) Simultáneamente, tras el acuerdo de transformación de la sociedad, se acordó por unanimidad reducir el capital social actualmente fijado de la compañía en 414.729 €, por reducción del valor nominal de las acciones cuyo valor nominal pasa de 20,43 € cada una a 5,651675 € cada una, fijando el nuevo capital social en 114.729 € dividido en 20.300 participaciones y 100 por 100 desembolsadas.

La finalidad de la reducción es la devolución de las aportaciones de los socios que se llevará a cabo mediante transferencia a los socios de la cantidad que proporcionalmente les corresponda con arreglo a su participación, lo que se llevará a cabo en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de la celebración de la Junta.

En consecuencia, el actual artículo 5 de los Estatutos sociales quedará redactado de la manera siguiente:

Artículo 5.º Capital social. El capital social, que está totalmente desembolsado, se fija en Ciento Catorce Mil Setecientos Veintinueve Euros (114.729,00 €) y está dividido en 20.300 participaciones sociales con un valor nominal cada una de ellas de cinco euros con seiscientos cincuenta y un mil seiscientos setenta y cinco millonésimos (5,651675 €) y numeradas correlativamente del 1 al 20.300

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de la sociedad y el derecho de los acreedores de la sociedad a impugnar la misma, en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de tres meses desde la inscripción del acuerdo. Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 11 de octubre de 2023.- El Presidente del Consejo de Administración, Juan Emilio Hernández López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid