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Documento BORME-C-2023-6373

BANCO DE SABADELL, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA)
PAYCOMET, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 7646 a 7647 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6373

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME") por remisión del artículo 73.1 de la citada LME, se hace público que el 25 de octubre de 2023 el Consejo de Administración de Banco de Sabadell, S.A. (la "Sociedad Segregada" o "Sabadell") y el Socio Único de PayComet, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria" o "PayComet"), esto es, Sabadell, aprobaron la segregación de la unidad económica autónoma que integra el negocio de adquirencia o de adquisición de operaciones de pago (la "Segregación").

El acuerdo de Segregación ha sido aprobado en los términos establecidos en el proyecto común de segregación (el "Proyecto de Segregación") que fue (i) formulado y aprobado por los Consejo de Administración de PayComet y Sabadell el 26 de abril de 2023; (ii) objeto de publicación en la página web corporativa de la Sociedad Segregada (www.grupbancsabadell.com) en fecha 27 de abril de 2023, con posibilidad de ser descargado e impreso, siendo dicha inserción publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) en fecha 19 de mayo de 2023 (número 93), y (iii) objeto de depósito en el Registro Mercantil de Madrid, siendo posteriormente publicado el hecho del depósito en el BORME en fecha 22 de mayo de 2023 (número 94).

Mediante la Segregación, PayComet adquirirá en bloque, por sucesión universal, el Patrimonio Segregado (tal y como se define en el Proyecto de Segregación), que forma una unidad económica, todo ello en los términos y condiciones previstos en la LME y en el Proyecto de Segregación. No obstante, la ejecución de la Segregación está condicionada suspensivamente a la autorización de (i) la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional decimosegunda de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito; y de (ii) Banco de España, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.

PayComet es una sociedad participada directa e íntegramente participada por Sabadell; por lo que es aplicable el régimen simplificado establecido en el artículo 49 de la LME - por remisión del artículo 52.1 de la LME y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.1 de la LME - relativo al régimen de fusiones especiales y de aplicación al régimen general de la escisión (y por tanto de la segregación).

En particular, de acuerdo con el artículo 49 de la LME, (i) el Proyecto de Segregación no incluye las menciones 2.ª, 6.ª y 9.ª del artículo 31 de la LME; (ii) no se han elaborado informes de administradores ni de expertos sobre el Proyecto de Segregación; (iii) no se llevará a cabo un aumento de capital en la Sociedad Beneficiaria; y (iv) no se precisa de la aprobación de la Segregación por parte de la Junta General de accionistas de Sabadell como Sociedad Segregada, por lo que, en consecuencia, y en lo que respecta a la Sociedad Segregada, la Segregación ha sido aprobada por el Consejo de Administración de Sabadell.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Segregación, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales y en la página web corporativa de la Sociedad Segregada (www.grupbancsabadell.com).

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que participan en la Segregación a oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de Segregación.

En Alicante, 25 de octubre de 2023.- Don Miquel Roca i Junyent, Secretario del Consejo de Administración de Banco de Sabadell, S.A, Doña Ana Saladas Ferrándiz, Secretaria del Consejo de Administración de PayComet, S.L.U.

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