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Documento BORME-C-2023-6410

OSCAGAS HOGAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOMGAS HOGAR, S.L.U.
CLARENS-BELOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 7698 a 7698 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6410

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), por aplicación de la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se hace público que el 30 de junio de 2023, el socio único de OSCAGAS HOGAR, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus competencias, ha decidido aprobar la fusión por absorción de CLARENS-BELOS, S.L.U. y SOMGAS HOGAR, S.L.U. (individualmente, una "Sociedad Absorbida" y, conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas"), de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los administradores de todas las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente con fecha 30 de junio de 2023. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración de informe de administradores sobre aquél.

A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 en relación con el artículo 52.1 LME.

De conformidad con lo preceptuado en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente del derecho que asiste a los socios, acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Barcelona, 19 de octubre de 2023.- El Presidente, el vocal y el Vicepresidente y consejeros de consejeros de Oscagas Hogar, S.L.U. (sociedad absorbente) Somgas Hogar, S.L.U. y de Clarens-Belos, S.L.U. (sociedades absorbidas), D. Fernando Prieto Gibello, D. Luis Vial Torres-Ternero y D. Sergio Zardoya Serrano.

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