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Documento BORME-C-2023-647

FORAUMAN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PALORA JAME INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
INVERSIONES ALKAID, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
ALMAGRO UNO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 797 a 797 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-647

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("Ley 3/2009"), se hace público que la junta general extraordinaria y universal de socios de Forauman, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), así como las juntas generales extraordinarias y universales de socios de Palora Jame Inversiones, S.L. y Almagro Uno, S.L, y el socio único de Inversiones Alkaid, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") han aprobado, con fecha 22 de febrero de 2023, la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente (la "Fusión"), habiéndose aprobado, asimismo, los balances de fusión de las mencionadas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2022.

A consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbente adquirirá por sucesión universal los activos, pasivos, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, y ampliará su capital en la cuantía que proceda conforme a la ecuación de canje, prevista en el proyecto común de fusión por absorción redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades con fecha 21 de febrero de 2023, a efectos de la atribución de participaciones sociales de la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas.

Asimismo, dado que los acuerdos de aprobación de la Fusión han sido adoptados por unanimidad de las juntas generales extraordinarias y universales de Forauman, S.L., Palora Jame Inversiones, S.L. y Almagro Uno, S.L., así como por el socio único de Inversiones Alkaid, S.L.U, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 22 de febrero de 2023.- Dña. Cristina Mónica Merino del Portillo, administradora única de Forauman, S.L.; D. Javier Merino Enseñat, administrador único de Palora Jame Inversiones, S.L.; Dña. Cristina Mónica Merino del Portillo, administradora única de Inversiones Alkaid, S.L.; y D. Javier Merino Enseñat, Dña. Paloma del Portillo Yravedra y, Dña. Cristina Mónica Merino del Portillo, administradores solidarios de Almagro Uno, S.L.

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