Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2023-669

DISEÑOS DE SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
DSM VALORIZACION, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 39, páginas 821 a 821 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-669

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales ("LME"), se hace público que el Socio Único de "DISEÑOS DE SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES, S.L.U.", aprobó el 27 de enero de 2023, la escisión parcial de dicha Sociedad, en virtud de la cual se escinde parte de su patrimonio, sin extinción de la misma, traspasándolo en bloque a otra sociedad de nueva creación, con la denominación de "DSM VALORIZACION, S.L.U.", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y atribuyendo las participaciones de esta nueva sociedad a los socios de la escindida en proporción a su respectiva participación en el capital de la entidad que se escinde.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida DISEÑOS DE SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES, S.L.U., reducirá su capital social en la cuantía necesaria modificando el artículo 5.º relativo al capital social de los Estatutos.

En virtud del artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial por el Socio Único y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la LME, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo, ni el informe de experto independiente, y tampoco el balance de escisión, todo ello de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la citada Ley.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho de acreedores y obligacionistas de oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Sevilla, 21 de febrero de 2023.- Administrador Único, Puerto de Vista Alegre, S.L., representada por D. Gonzalo Madariaga Parias.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril