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Documento BORME-C-2023-70

IMQ IBÉRICA - CERTIFICACION DE SISTEMAS DE CALIDAD Y DE PRODUCTO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IMQ TECNOCREA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 89 a 89 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-70

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista único de la sociedad IMQ IBÉRICA - CERTIFICACION DE SISTEMAS DE CALIDAD Y DE PRODUCTO, S.L.U. (sociedad Absorbente) ha adoptado en fecha 2 de enero de 2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49 LME, la decisión relativa a la fusión por absorción de la sociedad IMQ TECNOCREA, S.L.U. (la sociedad absorbida) por parte de la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 29 de noviembre de 2022.

La fusión implicará la integración de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de la primera en beneficio de la segunda, con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 LME, no ha resultado necesaria la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida, ni tampoco el aumento de capital de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro de la decisión relativa a la operación de fusión adoptada por el accionista único de la Sociedad Absorbente, así como la copia de los respectivos balances de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Valencia, 2 de enero de 2023.- El Secretario de ambos Consejos de Administración, D. Alejandro García Ruiz.

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