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Documento BORME-C-2023-7167

AEC GESTION DE FLOTAS S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
BALAGUER FRIO TRANSPORTE S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 8579 a 8579 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7167

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se hace público que:

Doña Arantxa Escribá Carrillo, en su calidad de socio único de AEC Gestión de Flotas S.L.U. y Balaguer Frio Transporte S.L.U. ha adoptado, con fecha 7 de noviembre de 2023, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Balaguer Frio Transporte S.L.U. (Sociedad Absorbida), por parte de AEC Gestión de Flotas S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), con disolución sin liquidación de aquélla, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio, activo y pasivo por parte de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de todas las sociedades con fecha 6 de noviembre de 2023.

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 34.2 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y de fusión simplificada prevista en el artículo 53.1 del citado Real Decreto, por remisión del artículo 56.1 del mismo, al tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas por el mismo socio. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 3ª, 5ª, 7ª y 8ª del artículo 40 de la Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida.

La decisión de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por la administradora única de la Sociedad Absorbente y el Administrador único de la Sociedad Absorbida, ha sido adoptada por el socio único de la Sociedad Absorbente sin que sea necesaria la aprobación de la fusión por la Sociedad Absorbida, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Náquera, 7 de noviembre de 2023.- Doña Arantxa Escribá Carrillo, Administradora Única de AEC Gestión de Flotas S.L.U. (Sociedad Absorbente), Don Aurelio Escribá Crespo, Administrador Único de Balaguer Frío Transporte S.L.U. (Sociedad Absorbida).

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