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Documento BORME-C-2023-7215

PANADERIAS CONFITERIAS SALVADOR, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
EL HORNO DE MARIANA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 8632 a 8633 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7215

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad «Panaderías Confiterías Salvador S.L.» celebrada el 24 de noviembre de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de la sociedad «Panaderías Confiterías Salvador S.L.», mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria de nueva creación «El Horno de Mariana S.L.», la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido; y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión redactado y suscrito por el órgano de administración de «Panaderías Confiterías Salvador S.L.».

Tal como dispone el artículo 62 del Real Decreto-ley 5/2023, la escisión se realiza mediante la transmisión en bloque de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, la cual conforma una unidad económica autónoma e independiente, consistente en la actividad de venta al por menor de productos de panadería, pastelería y otros productos de alimentación y bebidas en establecimientos especializados abiertos al público; a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación «El Horno de Mariana S.L.».

En virtud del artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida, no es necesario publicar ni depositar previamente el proyecto de Escisión, ni es necesario el informe de los administradores sobre el mismo.

Así mismo, y por cumplirse los requisitos establecidos en el Artículo 71 del Real Decreto-ley 5/2023 para llevar a cabo la escisión parcial aprobada por el procedimiento simplificado, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de experto independiente, así como tampoco el balance de escisión.

No obstante, se hace constar que el proyecto de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria «El Horno de Mariana S.L.».

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida «Panaderías Confiterías Salvador S.L.», reducirá su capital social.

Los socios, trabajadores y los acreedores de las sociedades que participan en la escisión tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión presentados a la junta.

Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de escisión y no esté vencido ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.

En Benajarafe (Málaga), 25 de noviembre de 2023.- Los administradores solidarios de «Panaderias Confiterias Salvador S.L.», Don Federico Miguel Ramirez Montosa y Don Salvador Ramirez Montosa.

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