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Documento BORME-C-2023-7248

BAC ENGINEERING CONSULTANCY GROUP S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ENERGIA Y RECURSOS HIDRAÚLICOS CONSULTORÍA TÉCNICA S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 230, páginas 8670 a 8671 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7248

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 30, 31, 43, 49.1 y 52.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (''LME''), se hace público la aprobación de la fusión entre las sociedades Bac Engineering Consultancy Group S.L.U. (''BAC'' o ''Sociedad Absorbente''), e Energía y Recursos Hidráulicos Consultoría Técnica S.L.U. (''ERH'' o ''Sociedad Absorbida''), en adelante, conjuntamente, serán denominadas las ''Sociedades Intervinientes''.

Bac Engineering Consultancy Group S.L.U. en su junta general celebrada el día 23 de noviembre de 2023, conforme al artículo 42 LME (acuerdo unánime de fusión), acordó por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la Sociedad Absorbida, a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión y a titulo universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la Sociedad Absorbida (''Fusión''), todo ello en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito y formulado por todos los administradores de las Sociedades Intervinientes, de fecha 30 de junio de 2023, el cual se encuentra depositado en el Registro Mercantil de Barcelona (''Proyecto Común de Fusión''). El Proyecto Común de Fusión ha sido aprobado por el Socio único de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital.

La Fusión fue aprobada sobre la base de los Balances de las Sociedades Intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2022, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 36.1 LME, los cuáles también fueron aprobados por la Junta General de Socios en fecha de 23 de noviembre de 2023.

La Fusión tiene el carácter de impropia por cuanto la Sociedad Absorbida, esta integra y directamente participada por la Sociedad Absorbente. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49.1 y 52.1 LME, (i) no es necesario llevar a cabo una ampliación de capital en la Sociedad Absorbente; (ii) no procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión; y (iii) tampoco será necesaria la aprobación de la Fusión por parte de la Junta General de la Sociedad Absorbida.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusión podrán oponerse dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

En Barcelona a, 27 de noviembre de 2023.- El administrador único de ambas sociedades, Socotec Control Spain, representada por Jean-Marc Fort.

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