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Documento BORME-C-2023-7576

XENTIA CUSTOMER SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ACTIN SOLUCIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 9065 a 9065 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7576

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que mediante decisión de socios únicos, XENTIA CUSTOMER SERVICES, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") y ACTIN SOLUCIONES, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), ambas del 21 de Diciembre de 2023, se adoptó el acuerdo de fusión por absorción de la entidad ACTIN SOLUCIONES, S.L.U. íntegramente participada por XENTIA CUSTOMER SERVICES, S.L.U., sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 31 de octubre de 2023 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes con fecha 31 de octubre de 2023, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida; en consecuencia, no procede establecer el tipo de canje de las participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

Habiéndose adoptado la decisión de fusión de sociedades intervinientes por sus socios únicos, resulta de aplicación lo preceptuado en el artículo 9 del RDL 5/2023, conforme al cual la decisión (acuerdo) de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el mismo texto legal y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo previsto en el art. 10.1 y el art. 55.1 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en su domicilio social la documentación mencionada en los artículos precitados que resultan de aplicación, así como su derecho de protección conforme se recoge en el art. 13 RDL 5/2023.

Vitoria, 21 de diciembre de 2023.- D. Jose Ignacio Alvarez Sánchez, representante físico de "Magicseed Capital, S.L.U.", Administrador único de "Xentia Customer Services, S.L.U." y de ésta última para el cargo de administradora única de "Actin Soluciones, S.L.U.".

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