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Documento BORME-C-2023-7628

ICELAND SEAFOOD IBERICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELABORADOS DEL BACALAO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 9136 a 9136 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7628

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que, en fecha 15 de diciembre de 2023, el socio único de las sociedades Iceland Seafood Iberica, S.A.U., y Elaborados del Bacalao, S.L.U., en ejercicio de sus competencias, ha decidido, por unanimidad, aprobar el acuerdo de fusión por absorción de Elaborados del Bacalao, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), por parte de Iceland Seafoood Iberica, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de aquélla.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 del RDL 5/2023, por tanto, se hace constar que no es preceptiva la publicación o depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de los administradores para los socios, ni la publicidad preparatoria contemplada en el artículo 7 del RDL 5/2023. Asimismo, se pone de manifiesto que a la presente fusión le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, por remisión del artículo 56 del RDL 5/2023.

De conformidad con los artículos 10 y 46 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente: (i) El derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener, de manera gratuita, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, los balances de fusión, así como el proyecto común de fusión con las modificaciones aprobadas; (ii) Que consta a disposición de los socios, de los representantes de los trabajadores o de los trabajadores individuales que no tengan representación y, en su caso, de los obligacionistas y titulares de derechos especiales, en el domicilio social de cada una de las sociedades intervinientes, los documentos especificados en el artículo 46 del RDL 5/2023 y en las disposiciones comunes del RDL 5/2023. Se les informa del derecho que tienen a solicitar el examen en el domicilio social de la copia íntegra de los documentos, así como a la entrega o envío gratuitos, por medios electrónicos, de un ejemplar de cada uno de ellos; y (iii) El ejercicio de los derechos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023, que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la última publicación del acuerdo de fusión.

Viladecavalls, 15 de diciembre de 2023.- El Presidente del Consejo de Administración de Iceland Seafood Iberica, S.A.U., Ægir Páll Fridbertsson, y el Administrador Solidario de Elaborados del Bacalao, S.L.U., Magnús Bjarni Jónsson. .

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