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Documento BORME-C-2023-7671

ARTE ORIENTAL, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 9186 a 9186 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-7671

TEXTO

Anuncio de reducción de capital para compensar pérdidas

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la mercantil Nortia Capital Investment Holding, S.L., Socio único de la Sociedad ARTE ORIENTAL S.A.U., adoptó en fecha 29 de noviembre de 2023, el acuerdo de reducir el capital social de la compañía para compensar las pérdidas de la sociedad, al objeto de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, según se desprende del balance cerrado a 31 de octubre de 2023, formulado por el órgano de administración y que fue debidamente auditado por la entidad R.C.M. AUDITORES, S.L. con fecha 15 de noviembre de 2023.

A tales efectos, una vez aprobado por el Socio único el referido Balance, el mismo acordó también reducir el capital para compensar las pérdidas en un importe total de CINCUENTA MIL DOSCIENTOS EUROS (50.200.-€) de forma que el capital social queda fijado en la suma de DIEZ MIL EUROS (10.000.-€). Para ello se reduce el valor nominal de las acciones que actualmente es de 6,02 euros a 1 euro cada una de ellas. Esta reducción afecta por igual a todas las acciones de la Sociedad.

En consecuencia, el Socio Único también acordó modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales, que quedará redactado como sigue:

"ARTICULO 5.- CAPITAL.- El Capital sociales se fija en la suma de DIEZ MIL EUROS (10.000.-Euros) representado por 10.000 acciones nominativas de valor nominal cada una de 1 euro, numeradas correlativamente de la número 1 a la 10.000 ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas. Se representarán mediante títulos, que podrán ser unitarios o múltiples, y contendrán todos los requisitos legales y la firma de los Administradores."

En tanto que el acuerdo de reducción de capital social tiene por única finalidad la compensación de pérdidas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan del derecho de oposición a la referida reducción de capital.

Madrid, 21 de diciembre de 2023.- Administradora Única, Nortia Capital Investment Holding, S.L. El Representante, Don Marcos Sala Carceller.

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