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Documento BORME-C-2023-99

EOG ETL GLOBAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
S.B. ASESORES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 124 a 124 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-99

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de Eog Etl Global, S.L. y S.B. Asesores, S.L., celebradas el 3 de enero de 2023, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por la sociedad absorbente Eog Etl Global, S.L., de la sociedad absorbida S.B. Asesores, S.L. con extinción y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida.

La fusión por absorción acordada se lleva a cabo mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 3 de enero de 2023 por el órgano de Administración de cada una de las sociedades, que fue aprobado por la Junta General de Socios y el Socio Único respectivamente, de las dos entidades.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2022 de las dos sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de enero de 2023 como fecha de eficacia contable de la operación. La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, a los representantes de los trabajadores y a los acreedores de las dos sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Barcelona, 3 de enero de 2023.- El Administrador Único de Eog Etl Global, S.L., Etl Global Asesores Fiscales y Abogados, S.L., representada por Don Eric-Denis-Jean Talabardon, El Administrador Único de S.B. Asesores, S.L., Eog Etl Global, S.L., representada por Don Eric-Denis-Jean Talabardon.

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