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De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio, en donde se transpone la directiva europea en materia de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta Universal de Socios de Lasain, S.L., por unanimidad y la Junta Universal de Socios de Rehabilitación Oral JLRull, S.L.P., también por unanimidad, en fecha 03 de abril de 2024 se aprobó la escisión parcial de Lasain, S.L. (Sociedad Escindida) en favor de Rehabilitación Oral JlRull, S.L.P. (Sociedad beneficiaria) con la transmisión íntegra del patrimonio de la rama de actividad relacionada con la prestación de servicios odontológicos, que integrará, a título de sucesión universal, todos los elementos del activo y pasivo de la rama de actividad de acuerdo con el Proyecto Común de Escisión Parcial elaborado y suscrito por el órgano de Administración de las Sociedades Intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los Socios y Acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial a obtener el texto íntegro de las decisiones y acuerdos adoptados y de los Balances de escisión parcial, así como el derecho de los Acreedores de las sociedades que se escinde a oponerse a la Escisión Parcial, en los términos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de Escisión Parcial.
Ibiza, 5 de abril de 2024.- Administrador Solidario, Jose Luis Rull Rivera.
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