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Documento BORME-C-2024-1362

PARIS & PARIS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE)
JOSE JUAREZ CABRERA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 1791 a 1791 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1362

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 8 de abril de 2023, las sociedades PARIS & PARIS S.L. (Sociedad Absorbente) y JOSÉ JUÁREZ CABRERA S.L.U. (Sociedad Absorbida) en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de JOSÉ JUÁREZ CABRERA S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de PARIS & PARIS S.L. (Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la Sociedad Absorbente.

La fusión ha sido adoptada conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la Fusión, de fecha 1 de marzo de 2024, tramitándose de manera simplificada en cuanto al cumplimiento de ciertos requisitos formales, tal y como dispone el artículo 9 del RDL 5/2023.

En consecuencia, y de acuerdo con el mencionado artículo 9 del RDL 5/2023, el Acuerdo de Fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la Web de las Sociedades intervinientes, o en su defecto, en el Registro Mercantil, los documentos exigidos por el RDL 5/2023, por haberse aprobado dicho acuerdo de forma unánime por todos los socios de la Sociedad Absorbente y el socio único de la Sociedad Absorbida, reunidos en Junta General Universal en ambas sociedades.

Por otro lado, conforme a lo dispuesto en los artículos 10, 13 y 14 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes en la Fusión, a obtener el texto íntegro del Acuerdo de Fusión y de los respectivos balances de fusión, así como a ejercer los derechos que, en su caso y con arreglo al citado artículo, le correspondan.

En relación con lo anterior, se ha puesto a disposición de los trabajadores la referida información, y operará una sucesión de empresa en los términos del artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Huercal de Almería (Almería), 8 de abril de 2024.- Administradores Solidarios, D. Juan Manuel Gutiérrez Paris y Doña Emilia Candida Juarez Salvador.

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