Contingut no disponible en valencià
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General de Accionistas de la sociedad celebrada el día 16 de noviembre de 2023, se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:
1º.- Aplicar para la compensación de pérdidas de los ejercicios anteriores, las reservas voluntarias y la reserva legal en cuanto exceda del diez por ciento del capital social, que ascienden a ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos euros con noventa céntimos (188.492,90 €); y la prima de emisión, que asciende a otros seis millones trescientos catorce mil quinientos treinta y nueve euros (6.314.539,00 €), dejando en balance las pérdidas de ejercicios anteriores en la cifra de veintiún millones seiscientos treinta mil veintinueve euros con sesenta y cuatro céntimos (21.630.029,64 €).
2º.- La reducción del capital social en la cifra de doce millones cinco mil sesenta y nueve euros con veinticinco céntimos (12.005.069,25 €), cuya finalidad es, como ya se dijo, la compensación de resultados negativos de ejercicios anteriores; quedando por tanto la cifra de capital social establecida para lo sucesivo en quince millones ciento sesenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho euros (15.164.298 €). La reducción de capital se realiza mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones que lo integran, en la suma de cuatro euros con setenta y cinco céntimos (4,75 €) cada una de ellas, por lo cual dichas acciones pasaran a tener un valor nominal de seis euros (6,00 €), en lugar de los diez euros con setenta y cinco céntimos (10,75 €) actuales.
Como consecuencia de lo anterior, el capital social ha quedado fijado en la cifra de quince millones ciento sesenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho euros (15.164.298,00€), siendo el valor nominal de cada acción de seis euros (6,00 €). El número de acciones permanece inalterado y la adopción del acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la sociedad en proporción a su valor nominal.
En virtud del artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital los acreedores no gozan de derecho de oposición a la reducción de capital aprobada, por lo que su eficacia es inmediata.
Oviedo, 12 de enero de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, Don José-Martín Peláez Alvarez.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid