Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del vigente Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se traspone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales ("RDLME"), se hace público que con fecha 24 de abril de 2024, los socios de las sociedades, "MARKET DREAMS, S.L." y "FIOL ROCA, S.A." (las "Sociedades Intervinientes"), han acordado por unanimidad y en Junta Universal, la adopción de la fusión por absorción, de la sociedad "FIOL ROCA, S.A.", produciéndose a su vez la sucesión universal en todos sus derechos y obligaciones, conforme a lo dispuesto en el Proyecto común de Fusión por absorción, suscrito y firmado por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes y de acuerdo con los previsto en el artículo 53 del RDLME al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de la totalidad de las acciones de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 3, 5, y 7 del artículo 40 de la RDLME, los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión y el aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el RDLME y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
De acuerdo con los Arts. 10.1 RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de Fusión por absorción.
Madrid, 24 de abril de 2024.- El Presidente y Consejero Delegado de "Market Dreams, S.L.", D. Francisco Javier Toda Fernández y el Presidente y Consejero Delegado de "Fiol Roca, S.A.", la Sociedad "Market Dreams, S.L." representada por su Consejero Delegado, D. Francisco Javier Toda Fernández.
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