Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2024-212

EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EL PETIT CELLER, S.L.U.
RIBERA DEL DUERO, S.L.U.
DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 270 a 270 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-212

TEXTO

Se hace público que el día 19 de enero de 2024, el Socio Único de la sociedad EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U., y el socio único de EL PETIT CELLER, S.L.U., RIBERA DEL DUERO, S.L.U. y DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U., en funciones de Junta General, han aprobado por unanimidad y en junta universal la fusión por absorción por parte de EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U. (sociedad absorbente), de las sociedades EL PETIT CELLER, S.L.U., RIBERA DEL DUERO, S.L.U. y DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U. (sociedades absorbidas), en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes con fecha 28 de noviembre de 2023.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las sociedades absorbidas.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por unanimidad y en Junta universal en cada una de las sociedades intervinientes en la fusión, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, el acuerdo puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

En Barcelona, 19 de enero de 2024.- Doña Maria Angels Rosell Pujol, Como Administradora Única de Excelsia Vinos y Destilados, S.L.U., de Distribuidora de Vinos Rosaleda, S.L.U., de El Petit Celler, S.L.U. y de Ribera del Duero, S.L.U.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid