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Documento BORME-C-2024-213

GRUPO VETERINARIO PETSALUD, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTRO VETERINARIO HENARES, S.L.
MARBELLA VETS, S.L.
VETERSALUD CANGAS, S.L.
BELLMAR VETERINARIOS, S.L.
HOSPITAL VETERINARIO VETINDRA, S.L.
ESTEVANIA SALUD ANIMAL, S.L.
THECMAL VET, S.L.
PETSALUD TIAS, S.L.
SERVICIOS VETERINARIOS FINAT, S.L.
POINTER VETERINARY CLINIC, S.L.
URVET COSTA DEL SOL, S.L.
LINDO PULGOSO, S.L.
ZHORAVA PROYECTOS, S.L.
PETSALUD CANARIAS, S.L.
PETSALUD VECINDARIO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 271 a 271 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-213

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RD-l ME"), se hace público que el Socio Único de GRUPO Veterinario Petsalud, S.L. ("Sociedad Absorbente") y el Socio Único de las mercantiles Centro Veterinario Henares, S.L., Marbella Vets, S.L., Vetersalud Cangas, S.L., Bellmar Veterinarios, S.L., Hospital Veterinario Vetindra, S.L., Estevania Salud Animal, S.L., Thecmal Vet, S.L., Petsalud Tias, S.L., Servicios Veterinarios Finat, S.L., Pointer Veterinary Clinic, S.L., Urvet Costa Del Sol, S.L., Lindo Pulgoso, S.L., Zhorava Proyectos, S.L., Petsalud Canarias, S.L. y Petsalud Vecindario, S.L. ("Sociedades Absorbidas") han acordado, con fecha 18 de enero de 2024, la fusión por absorción de las segundas por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, lo que implica que la Sociedad Absorbente adquirirá por sucesión universal el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán mediante disolución sin liquidación. Dicho acuerdo se ha adoptado al amparo del procedimiento simplificado previsto en los artículos 9 y 53 RD-l ME, al cumplirse los requisitos establecidos en los mismos.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión.

En Madrid, 19 de enero de 2024.- Don Augusto Macías Vicente y Don Luis Adolfo Vega García, (Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas).

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