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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto-ley, de 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 20 de marzo de 2.024, los respectivos socios de Barnaritmia XXI, S.L. (Sociedad Absorbente), y Unitat D'Aritmies Cardiaques, S.L. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias, han decidido, cada uno de ellos, aprobar la fusión inversa por absorción de la Sociedad Absorbida, de conformidad con el proyecto común de fusión inversa redactado y firmado por los administradores de ambas sociedades con fecha 1 de marzo de 2.024. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 de la LME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME.
En Barcelona, 21 de marzo de 2024.- El Administrador único de ambas sociedades, Josep Brugada Terradellas.
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