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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que los socios únicos de las entidades mercantiles ARHA DEL SAJA, S.L. (Sociedad Absorbente) y ARHA SERVICIOS AUXILIARES, S.L. (Sociedad Absorbida), a los efectos de lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, ejerciendo funciones de la Junta General Extraordinaria, celebradas todas ellas con fecha 25 de abril de 2024, decidieron la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por ARHA DEL SAJA, S.L. de ARHA SERVICIOS AUXILIARES, S.L., mediante la transmisión de la totalidad del patrimonio y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, sin ampliación del capital en la sociedad absorbente, por estas la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, y la consiguiente modificación de estatutos sociales, en su caso, conforme a los términos y condiciones del Proyecto común de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes, el día 15 de abril de 2024.
Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Santander, 17 de mayo de 2024.- Administrador único de Arha del Saja, S.L. y Arha Servicios Auxiliares, S.L, D. Ariel Eduardo Cuesta Domínguez.
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