A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Vaguada Capital, S.A., celebrada en primera convocatoria en fecha 22 de febrero de 2024, ha acordado la reducción de su capital social mediante la amortización total de las acciones para compensar las pérdidas y con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad y simultánea ampliación del capital social habiéndose aprobado dicho acuerdo por el 98,73 por 100 del capital social con derecho a voto, presente en la junta. Como consecuencia de ello, el capital social de la compañía queda fijado en setecientos cuarenta mil quinientos seis euros (740.506.-€), dividido en 740.506 acciones, numeradas del 1 al 740.506 ambos inclusive, de un (1,00) euro de valor nominal cada una de ella, modificándose en dichos términos el artículo 6º de los Estatutos Sociales. La reducción de capital no entraña la devolución de aportaciones a ningún accionista, quedando además completamente desembolsado el capital.
El acuerdo de reducción de capital social, tras la publicidad del mismo en la web social y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, será inmediatamente protocolizado en escritura ante Notario para su posterior y seguida inscripción en el Registro Mercantil, cumplido que sea el plazo de oposición (si no se produce ésta o, formulada que sea, en su caso, se constituya la garantía a que alude el artículo 337 LSC), a que se refieren los artículos 334 a 337 de la LSC, plazo que es de un mes a contar de la fecha de publicación del último de los anuncios que se realice ya en el Boletín ya en la página web social, debiendo tener la operación el pertinente reflejo en el balance.
En Sevilla, 23 de mayo de 2024.- El Administrador Único, Don Alejandro López Palma.
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