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Don José Castellanos Palacios, como administrador mancomunado de la sociedad Garbialdi S.A. acordó el día 21 de mayo de 2024, convocar a los accionistas de la mercantil con la antelación mínima requerida es decir 1 mes de conformidad con todas las formalidades legales, a la Junta General extraordinaria al amparo de lo previsto en el artículo 171 de la ley de sociedades de capital que se celebrará el próximo día 3 de julio de 2024 a las nueve horas en el domicilio social de la mercantil que se encuentra en el Polígono Trapaga Elguero nave 6-A de Trapagaran en primera convocatoria y a las diez horas y treinta minutos del 4 de julio de 2024 en segunda convocatoria, al haber transcurrido veinticuatro horas, con el objeto de deliberar y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente
Orden del día
Primero.- Cesar de su cargo de administradores mancomunados a Don Jesús María Olazarán Sagarduy tras su fallecimiento el día 13 de marzo de 2024 y a don José Castellanos Palacios, a los que se les agradecen los servicios prestados.
Segundo.- Cambiar el órgano de administración de dos administradores mancomunados a un administrador único por el periodo de 6 años. Proponer para el cargo de administrador único a Don José Castellanos Palacios, mayor de edad, vecino de Bilbao con domicilio en Avenida Zumalakarregi 21 12-C y con DNI/NIF 30655380Z.
Tercero.- Modificar si se aprueba el cambio del órgano de administración la redacción que ha de darse a los artículos 8,15,17,18 y 20.
Cuarto.- Cambiar la forma de convocatoria de Junta de Accionistas a la posibilidad de comunicación individual a los accionistas por cualquier medio escrito que deje constancia de su recepción.
Quinto.- Modificar si se aprueba el cambio en la forma de convocatoria de las Juntas de Accionistas la redacción del artículo 11 de los estatutos.
Sexto.- Lectura y en su caso aprobación del acta.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la junta general por medio de otra persona. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos establecidos en esta ley para el ejercicio del derecho de voto a distancia y con carácter especial para cada junta. Será válida la delegación general para el ejercicio de voto a favor del cónyuge, ascendiente o descendiente del socio, así como la que resulte del poder general conferido notarialmente con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviera en territorio nacional. Esta a disposición de los accionistas en el domicilio social la redacción que se le dará a los estatutos de ser aprobada las modificaciones planteadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital.
En Trapagaran, 23 de mayo de 2024.- El administrador mancomunado, José Castellanos Palacios.
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