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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, la "LME"), se hace público que la sociedad Maquinaria Agrícola Solsona, S.L.U. (la "Sociedad Segregada") y la Junta General de Socios de Agrotec Solsona, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), en ejercicio todos ellos de las competencias propias de la Junta General, por acuerdos adoptados en fecha 1 de junio de 2024, la Sociedad Segregada realizará una segregación parcial en favor de la Sociedad Beneficiaria. A través de la segregación, la Sociedad Segregada traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de la Sociedad Beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de segregación suscrito en fecha 9 de abril de 2024 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
Se pone de manifiesto que, conforme al artículo 9 de la LME, el acuerdo de segregación se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de segregación. No obstante, se ha informado a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la segregación proyectada.
Finalmente, según el artículo 10.1 de la LME, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades partícipes en la segregación, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación.
Lleida, 1 de junio de 2024.- El Consejero delegado del Consejo de Administración de Maquinaria Agrícola Solsona, S.L.U., y de Agrotec Solsona, S.L., Jordi Solsona Sangrà.
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