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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "LME"), se hace constar que con fecha 3 de junio de 2024 la Junta General Universal Ordinaria y Extraordinaria de la mercantil Lorenzo Salcedo, S.L., adoptó el siguiente acuerdo: aprobar la fusión por absorción de Restauración Ecológica, S.L., Inarin, S.L, Desarrollo de Bienes, S.L. y Plus Food, S.L. (en adelante, conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") por parte de Lorenzo Salcedo, S.L. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), mediante la disolución y extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen los patrimonios de las Sociedades Absorbidas todo ello en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión formulado y firmado por el órgano de administración de cada una de las sociedades implicadas con fecha 3 de junio de 2024 (el "Proyecto de Fusión").
La Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones y participaciones sociales en el que se dividen los capitales sociales de las Sociedades Absorbidas, de forma que, en la citada operación de Fusión aplica lo dispuesto en el artículo 53 LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la LME, la operación de fusión no requiere la publicación ni depósito de los documentos exigidos por la ley, ni del informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.
También se hace constar expresamente el derecho que, en virtud del artículo 10.1 de la LME, asiste a los socios de las sociedades implicadas en la operación descrita anteriormente, así como a los acreedores de éstas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.
Igualmente, se comunica el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión a examinar en el domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el artículo 46.2 de la LME, así como de obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.
Madrid, 5 de junio de 2024.- Los Administradores mancomunados de Lorenzo Salcedo, S.L., Pedro Alcañiz Rivera y Ramón Alcañiz Rivera.
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