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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace público que, el 10 de junio de 2024, los respectivos socios únicos, han aprobado la fusión por absorción de Howmet España, S.L.U. y Howmet Internacional, S.L.U., como sociedades absorbidas, por Howmet Renovables, S.L.U., como sociedad absorbente, con extinción, vía disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas de las sociedades absorbidas. El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito el 31 de mayo de 2024 por los respectivos administradores únicos de las sociedades participantes en la fusión.
Resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en los artículos 53 y 56 del RDL 5/2023. Asimismo, la fusión se acoge al artículo 9 del RDL 5/2023. Por esta razón, se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos en el RDL 5/2023, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación, en los términos de dicho artículo 9.
De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, que se encuentran a su disposición en el domicilio social correspondiente. Se deja constancia de que, a los efectos del artículo 13 RDL 5/2023, las sociedades participantes no consideran necesario ofrecer garantías a los acreedores, quienes podrán ejercer los derechos allí reconocidos.
En Madrid, 10 de junio de 2024.- Monalito Bugarcic, administrador único de Howmet Renovables, S.L.U, administrador único de Howmet España, S.L.U. y administrador único de Howmet Internacional, S.L.U.
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