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De conformidad con el artículo 10 y concordantes del "Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (...) de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles..." ("LME"), se hace público que el 5 de junio de 2024 el socio único de la sociedad FUTURA ENERGÍA INVERSIONES, S.L.U., así como el socio único de la sociedad CAPWATT SUPPLY & TRADING, S.L.U., ejerciendo ambos respectivamente las competencias de la Junta General universal de las citadas sociedades, han aprobado la fusión entre CAPWATT SUPPLY & TRADING, S.L.U. -anteriormente denominada FUTURA ENERGÍA Y GAS, S.L.U.- (Sociedad Absorbente) y FUTURA ENERGÍA INVERSIONES, S.L.U. y FUTURA CARBONO, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), todo ello en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 3 de junio de 2024, elaborado conjuntamente por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes.
La operación aprobada consiste en una fusión inversa (por la que CAPWATT SUPPLY & TRADING, S.L.U. absorbe a su sociedad matriz, FUTURA ENERGÍA INVERSIONES, S.L.U.) y en una "fusión gemelar" (por la que CAPWATT SUPPLY & TRADING, S.L.U. absorbe a su sociedad hermana FUTURA CARBONO, S.L.U., con la que comparte socio único). La operación implica la extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que los adquiere por sucesión universal.
Se deja expresa constancia de que la operación se lleva a cabo de conformidad con los artículos 53.1, 56.1 y 9 LME (por lo que los acuerdos de fusión se han adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informes de administradores y expertos sobre el proyecto común de fusión), y no implica el aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
Asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado por la sociedad de la que sean socios o acreedores, así como el proyecto común y el o los correspondientes balances de fusión, todo ello sin perjuicio de los restantes derechos que les son reconocidos en los artículos 13 y concordantes de la LME.
Madrid, 5 de junio de 2024.- El Presidente, el Consejero, la Consejera y el Secretario no consejero, de los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, Don Miguel Jorge Moreira Da Cruz Gil Mata; Don Sergio Manuel Ferreira Da Rocha; Doña Ivone María Pinho Teixeira Da Silva, y Don Ignacio González Gugel.
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