Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL 5/2023"), se hace público, que los socios únicos de BAYRON REALIZACIÓN GRÁFICA, S.L.U., y DEZA PUBLICIDAD, S.L.U., aprobaron en fecha 17 de junio de 2024 la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por BAYRON REALIZACIÓN GRÁFICA, S.L.U. (como sociedad absorbente) de DEZA PUBLICIDAD, S.L.U. (como sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los administradores únicos de las sociedades intervinientes con fecha 22 de abril de 2024.
La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el artículo 76 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores únicos de ambas sociedades con fecha 22 de abril de 2024, ajustándose íntegramente a su contenido, sin modificación alguna. Dado que tanto la sociedad "BAYRON REALIZACIÓN GRÁFICA, S.L.U." como "DEZA PUBLICIDAD, S.L.U." están participadas al 100% por la misma persona jurídica de forma directa (en ambos casos), lo dispuesto en el artículo 53 del RDL 5/2023, para la absorción de sociedades íntegramente participadas será de aplicación, en la medida que proceda, a la presente fusión de acuerdo con lo previsto en el artículo 56 del RDL 5/2023. Por lo tanto, la fusión se realizará atendiendo a lo dispuesto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023 y, en consecuencia, no será necesario: (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3.ª, 5.ª, 7.ª y 8.ª del artículo 40 el del RDL 5/2023; (ii) los informes de administradores y expertos independientes sobre el proyecto de fusión; (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.
En este sentido, asiste al socio único y a los trabajadores y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión el derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la documentación prevista en el del RDL 5/2023, entre ellos, de los acuerdos de fusión, el contenido del proyecto de fusión, el balance de fusión, las cuentas anuales, los estatutos sociales y los informes de gestión de los tres (3) últimos ejercicios de las sociedades intervinientes en la fusión, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de dichos documentos.
Madrid, 17 de junio de 2024.- El administrador único de Bayron Realización Gráfica, S.L.U. y Deza Publicidad, S.L.U, D. Roberto Deza López.
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