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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que, el día 17 de junio de 2024, el socio único de ENSO ESCO, S.L.U. (Sociedad Absorbente), en el ejercicio de sus competencias, aprobó la fusión por absorción de BIOENERGÉTICA DE ERESMA, S.L.U. y MERIDIEM SILVAE, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), todas ellas íntegra y directamente participadas por ENERGY ENVIRONMENT AND SUSTAINABILITY, S.L.U.
Como consecuencia de ello, es de aplicación el procedimiento correspondiente a fusiones simplificadas (artículo 53 LME), en relación con el artículo 56 LME. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones, y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 14 de junio de 2024 por los órganos de administración de las sociedades involucradas en el proceso de fusión, y con base en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023 de las sociedades participantes, igualmente aprobados por el socio único de las mismas.
De conformidad con el artículo 9 LME, no es preciso el depósito previo del Proyecto Común de Fusión en los Registros Mercantiles de Soria y Madrid, correspondientes a los domicilios de cada una de las entidades fusionadas.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 10, 12 y 13 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 LME.
Madrid, 18 de junio de 2024.- Los administradores mancomunados de Enso Esco, S.L.U., Bioenergética De Eresma, S.L.U. y de Meridiem Silvae, S.L.U., D. David Martín Gómez y D. Elías Rodolfo Hernández Igeño.
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