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Documento BORME-C-2024-3860

EL CARNERIL SOLAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARCE INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 4798 a 4798 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3860

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDL 5/2023"), se hace público que, el día 20 de junio de 2024, el socio único de El Carneril Solar, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y el socio único de Arce Instalaciones Fotovoltaicas, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias, decidieron, por unanimidad, aprobar la fusión inversa por absorción de la Sociedad Absorbida. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 del RDL 5/2023, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión inversa por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 por remisión del artículo 56.1 del RDL 5/2023. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión.

Madrid, 20 de junio de 2024.- Los administradores mancomunados de El Carneril Solar, S.L.U. y de Arce Instalaciones Fotovoltaicas, S.L.U, Don Pablo Picazo Mur y Doña María Pastor Mira.

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