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Documento BORME-C-2024-3897

ELETRA TRANSPORTES Y LOGISTICA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRANSPORTES ROBERTO Y TRAYAN, S,L,
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 4841 a 4841 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3897

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la Isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 30 de abril de 2.024, la Junta General Extraordinaria y Universal de Eletra Transportes y Logística S.L. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de la mercantil Transportes Roberto y Trayan S.L. (Sociedad Absorbida).

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 30 de abril de 2.024.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la Ley, al ser los socios de ambas compañías los propietarios del 100% del capital social y, por tanto ser de aplicación lo previsto en el artículo 53 de la citada Ley. Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por las Juntas Extraordinarias y Universales de Eletra Transportes y Logística S.L. (Sociedad Absorbente) y Transportes Roberto y Trayan S.L. (Sociedad Absorbida), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.

Mejorada del Campo (Madrid), 20 de junio de 2024.- Administradora Solidaria, Elena Hristova Munova.

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