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Documento BORME-C-2024-3929

VIBRANTZ SPECIALTY MATERIALS SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FERRO-COVERLINK, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 4877 a 4877 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3929

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, LME), se hace público que el día 24 de junio de 2024, el socio único de la sociedad Ferro-Coverlink, S.L.U. (Sociedad Absorbida), esto es, la sociedad Vibrantz Specialty Materials Spain, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y el socio único de la Sociedad Absorbente, esto es, la sociedad Ferro Spain Management Company, S.L., han decidido respectivamente aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, estando la Sociedad Absorbida íntegramente participada, de forma directa, por la Sociedad Absorbente, siendo esta última titular directo del 100% de las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida y quedando Vibrantz Specialty Materials Spain, S.L.U., como sociedad resultante, de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión el día 24 de mayo de 2024.

La fecha de efectos contables de la fusión se ha fijado en el día 1 de enero de 2024.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo de los documentos ni el anuncio exigidos por el artículo 7 de la LME, los cuales se incorporarán a la escritura de fusión. Asimismo, se hace constar que los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural no se han restringido por el hecho de que la fusión haya sido aprobada en junta universal.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho a obtener garantías suficientes que asiste a los acreedores en los términos del artículo 13 de la LME.

En Madrid, 25 de junio de 2024.- D. Vicente Cañizares López, consejero delegado de Ferro-Coverlink, S.L.U., y de Vibrantz Specialty Materials Spain, S.L.U.

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