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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que, el 28 de junio de 2024, el socio único de las sociedades Cántabro Catalana de Inversiones, S.A.U. y Cántabra de Inversiones, S.A.U., tras la aprobación de los correspondientes balances de fusión y del proyecto común de fusión, aprobó la fusión por absorción de Cántabra de Inversiones, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida") por Cántabro Catalana de Inversiones, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente" y, junto con la Sociedad Absorbida, las "Sociedades"), con extinción, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida (la "Fusión").
En la medida en que ambas Sociedades están íntegramente participadas de forma directa por el mismo accionista, la Fusión se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023, por remisión de su artículo 56.1, conforme al cual resultan de aplicación determinadas dispensas. Entre otros aspectos, no ha resultado necesario llevar a cabo un aumento de capital en la Sociedad Absorbente.
Los acuerdos de fusión han sido aprobados conforme al proyecto común de fusión suscrito y aprobado por los consejos de administración de las Sociedades el 28 de junio de 2024. Conforme al artículo 9 del RDL 5/2023, al haber sido adoptados los acuerdos de fusión por el accionista único de ambas Sociedades (lo que equivale, a efectos del acuerdo de fusión, a que este se adopte en junta universal y por unanimidad) no ha sido necesaria la publicación o el depósito de los documentos exigidos por la ley ni, por tanto, el depósito del proyecto común de fusión en el correspondiente Registro Mercantil. Los correspondientes balances de fusión son los cerrados a 31 de diciembre de 2023 y han sido auditados por los auditores de cuentas de las respectivas Sociedades.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.
Santander, 28 de junio de 2024.- El secretario de los consejos de administración de Cántabro Catalana de Inversiones, S.A.U. y Cántabra de Inversiones, S.A.U., D. Carlos Beltrán García-Echaniz.
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