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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que, el 15 de enero de 2024, la sociedad Frutality, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y la sociedad Fruityourlife, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida), aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de Fruityourlife, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida) por parte de Frutality, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 8 LME que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de las dos sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 18 de diciembre de 2023. De conformidad con el artículo 9 de LME el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 LME.
Madrid, 25 de mayo de 2024.- El Administrador Único de Frutality, S.L., Don Sergio Albújar Sánchez y el Administrador Solidario de Fruityourlife, S.L., Don José Manuel León Piñeiro.
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