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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de la ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RDLME") y disposiciones concordantes, se hace público que, el día 26 de junio de 2024, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Suara Equipaments Socials, Sociedad Limitada (la "Sociedad Absorbente"), aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la Sociedad participada al 100%, Residencial Colonia Güell, Sociedad Limitada (la "Sociedad Absorbida"), con disolución y liquidación de éstas, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio, activo y pasivo por parte de la sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los Administradores de todas las sociedades con fecha 23 de mayo de 2024.
Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 34.2 del RDLME y de fusión simplificada prevista en el artículo 53.1 del RDLME, al tratarse de una fusión de una sociedad íntegramente participada de forma directa por la absorbente. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión: a) el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil; b) la inclusión en el proyecto común de fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad absorbida, a la fecha de participación de las ganancias sociales de la sociedad resultante, a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de las sociedades que se transmiten a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de la sociedad que se fusiona; c) los informes de los administradores y expertos sobre el proyecto de fusión; d) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y; e) la aprobación de la fusión por las junta general de la sociedad absorbida.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adaptado y de los respectivos balances de fusión.
Barcelona, 28 de junio de 2024.- Por Suara Equipaments Socials, S.L., Doña Laura Peracaula Basagaña, representante de Suara Serveis, SCCL., en el cargo de Administrador Único, y por Residencial Colonia Güell, S.L., en el cargo de Administrador Único, la sociedad Suara Equipaments Socials, S.L., y representada por, Doña Laura Peracaula Basagaña.
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