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Documento BORME-C-2024-4125

JGL21 GESTION Y CONSEJEROS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

AUTO NORTE, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5157 a 5157 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4125

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RD-L 5/2023"), se hace público que, con fecha 30 de junio de 2024, el socio único de JGL21 GESTION Y CONSEJEROS, S.L.U. (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias de la Junta General, acordó realizar la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada AUTO NORTE, S.A.U. mediante la cual se extingue, transmitiendo su patrimonio a favor de la absorbente, quien adquiere, por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquella, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por el Administrador de JGL21 GESTION Y CONSEJEROS, S.L.U., formalizado el 28 de mayo de 2024.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

Tratándose de un acuerdo del socio único de JGL21 GESTION Y CONSEJEROS, S.L.U. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RD-L 5/2023, se hace público el derecho de los acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados.

Santa Cruz de Bezana, 1 de julio de 2024.- Administrador Único, Julio Gutiérrez-Liébana Liébana.

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