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Documento BORME-C-2024-4158

ALVORES DEVELOPMENTS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

PROMOTORA 2VV ACA5, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 5194 a 5194 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4158

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que, el día 25 de junio de 2024, la junta general extraordinaria y universal de socios de Alvores Developments, S.L. (en adelante, "Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada, Promotora 2VV ACA5, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbida"), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de las dos sociedades intervinientes en la fusión, de fecha 24 de junio de 2024.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 del RDL 5/2023; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida.

Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la junta general extraordinaria y universal de la Sociedad Absorbente, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDL 5/2023, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDL 5/2023.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 del RDL 5/2023 durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 28 de junio de 2024.- Consejero Delegado de Alvores Developments, SL, y Administrador único de Promotora 2VV ACA5, SLU, José Carrión Martínez.

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