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Documento BORME-C-2024-4190

AION TELECOMUNICACIONES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

QTAL ON FIBRA ÓPTICA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 5231 a 5231 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4190

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio, sobre, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que por decisiones del socio único de Aion Telecomunicaciones, S.L.U. y Qtal On Fibra Óptica, S.L.U. de fecha 28 de junio de 2024, en ejercicio de las competencias de la Junta General de dichas sociedades se aprobó (i) la fusión por absorción entre Aion Telecomunicaciones, S.L.U., como sociedad absorbente, y Qtal On Fibra Óptica, S.L.U., como sociedad absorbida, con extinción de la sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, la que adquirirá a título universal por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida; (ii) que la fecha de efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2024 y, por ello, las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Sevilla se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de administración de las dos sociedades participantes; y (iii) con fecha de efectos de la fecha en que la fusión tome efectos la sociedad absorbente cambiará su denominación a Aion Qtal On Fibra Óptica, S.L.

A los efectos previstos en el artículo 53.1 en relación al artículo 56.1 de la LME se hace constar que tanto la sociedad absorbente como la sociedad absorbida tienen el mismo socio único y, por tanto, están íntegramente participadas de manera directa por el mismo socio.

Al haberse adoptado dicha decisión de fusión por el socio único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, en ejercicio de las competencias atribuidas a la junta general de socios de ambas compañías, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 de la LME.

Se advierte expresamente a los acreedores y a los trabajadores de las dos sociedades participantes en este proceso de fusión de su derecho a obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y de los balances de fusión presentados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME.

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las dos sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 13 de la LME.

Arahal-Paradas (Sevilla), 28 de junio de 2024.- Don Agustín Izzo Diaz, Administrador único de Aion Telecomunicaciones, S.L.U. (sociedad absorbente) y de Qtal On Fibra Óptica, S.L.U. (sociedad absorbida).

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