Contido non dispoñible en galego
A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General de accionistas, con carácter Ordinaria y Extraordinaria celebrada el día 26 de julio de 2023, se acordó reducir el capital social en los siguientes términos:
a) Reducción del capital por amortización de acciones propias.
Reducir el capital social en la suma de 47.630,21€ mediante amortización de 317 acciones propias. El capital social de la Sociedad resultante de la reducción ha quedado fijado en 1.244.545,81 €. La finalidad de la reducción de capital es contribuir a la política de retribución del accionista de la Sociedad mediante el incremento del beneficio por acción.
Se hace constar que la reducción de capital no implica devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. No se ha procedido a la dotación de la "reserva por capital amortizado" al haberse adquirido las acciones mediante negocio de carácter oneroso. Como consecuencia de la amortización se procede a renumerar las acciones en que quedad dividido el capital social del número 1 al 8.283, ambos inclusive.
b) Reducción de capital para compensar pérdidas.
Reducir el capital social en la cuantía de 254.640,02 €, quedando por tanto fijado en la cantidad de 989.905,79 €, mediante la disminución del valor nominal de las acciones desembolsadas en 33,509146 € por acción, pasando a tener un valor nominal de 116,743879 €. El valor nominal de las acciones no desembolsadas, no afectadas por esta reducción de capital, sigue siendo de 150,253025 €. La finalidad de la reducción de capital social es compensar las pérdidas de ejercicios anteriores.
c) Reducción de capital por devolución de aportaciones.
Reducir el capital social en la cantidad de 280.000€ con la finalidad de devolver aportaciones sociales a los socios titulares de acciones desembolsadas y a la compensación de la deuda mantenida por los socios titulares de acciones no desembolsadas con la sociedad por el concepto de "acciones pendientes de desembolso".
Todos los socios titulares de acciones no desembolsadas, afectados por esta reducción, asisten a la Junta y, en reunión y votación separadas, acordaron la manifestación de su consentimiento a la condonación de dividendos pasivos.
Dicha reducción se realiza mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones en que se divide el capital social, desembolsadas y no desembolsadas, en la cantidad de 33,804177 € por acción y que coincide con la cantidad a abonar y/o compensar al accionista.
Tras la referida reducción de capital, el valor nominal de cada una de las acciones desembolsadas quedará fijado en la suma de 82,939,702 € y el de las acciones no desembolsadas de 116,448848 €. El capital social, después de esta reducción quedará fijado en la suma de 709.905,79€.
d) Reducción de capital para dotación de las reservas obligatorias.
Reducir el capital en 70.990,58€ con la finalidad de dotar las reservas obligatorias para adecuarlas a lo establecido en el artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital. Dicha reducción de capital se realiza mediante la disminución del valor nominal de las acciones desembolsadas y no desembolsadas en la cantidad de 8,570636€ por acción. Resulta un valor nominal, después de esta reducción de capital, de las acciones desembolsadas de 74,39066€ y de las no desembolsadas de 107,878212€.
Dichas reducciones de capital social toman como referencia el Balance de la sociedad a fecha 28 de marzo de 2023 aprobado en Junta extraordinaria de 26 de julio de 2023 y sometido a verificación por auditor de cuentas nombrado al efecto. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.
Las reducciones de capital deberán ejecutarse en fecha anterior al 30 de junio de 2024, una vez transcurrido el plazo de un mes a partir de la fecha de la última publicación del último de los anuncios de reducción de capital, en el que los acreedores podrán formular su derecho de oposición conforme a lo previsto en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
Los acuerdos de reducción de capital se adoptan por unanimidad de todos los socios asistentes con derecho a voto.
Todos los acuerdos de reducción de capital social implican la modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales relativo al capital social, quedando su redacción como sigue.
Artículo 5º.- El capital social es de seiscientos treinta y ocho mil novecientos quince euros con veintiún céntimos de euro (638.915,21 euros. -), representado por 8.283 acciones nominativas, numeradas correlativamente de 1 al 8.283, ambas inclusive. Tienen valor nominal de 74,369066 euros las acciones desembolsadas y de 107,878212 euros las no desembolsadas. El capital social se encuentra desembolsado en la cantidad de quinientos cincuenta y nueve mil doscientos setenta y ocho euros con cero cinco céntimos de euro (559.278,05 euros. -), quedando pendiente de desembolso la cantidad de setenta y nueve mil seiscientos treinta y siete euros con dieciséis céntimos de euro (79.637,16 euros. -). Se establece un plazo de CINCO años, que finalizará el 26 de julio de 2028, para el desembolso total del capital social. La forma de desembolso de los dividendos pasivos será mediante compensación de crédito que el socio ostente frente a la sociedad.
Las reducciones de capital acordadas serán ejecutadas antes del 30 de junio de 2019. Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la presente publicación en los términos previstos en los artículos 334y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
Sanlúcar la Mayor, 29 de enero de 2024.- Secretario Consejo Administración, Don José Vargas Macías.
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