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Documento BORME-C-2024-4244

ALTERNA OPERADOR INTEGRAL, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TU COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA LUZ, DOS, TRES, S.L.U.

BUTIK ENERGÍA, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5295 a 5295 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4244

TEXTO

De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, RDL 5/2023) se hace público que la Junta General de Alterna Operador Integral, S.L., el 28 de junio de 2024, aprobó, con el voto a favor de más de 2/3 de los votos correspondientes a las participaciones en que se divide el capital social, la fusión por absorción de Alterna Operador Integral, S.L. (Sociedad Absorbente), TU Comercializadora de Energía Luz, Dos, Tres, S.L.U. (Sociedad Absorbida) Butik Energía, S.L.U. (Sociedad Absorbida), todo ello en los términos estrictamente establecidos en el Proyecto Común de Fusión de fecha de 13 de mayo de 2024, suscrito por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión y depositado en el Registro Mercantil del domicilio de las mismas junto con el anuncio en el que se informó a los socios, acreedores y trabajadores de que podían presentar las observaciones relativas al proyecto.

Se trata de una fusión simplificada a que se refiere el artículo 53 RDL 5/2023, por estar las sociedades absorbidas íntegra y directamente participadas por la Sociedad Absorbente.

Se deja constancia de que se ha cumplido con el derecho de información de los trabajadores en los términos previstos RDL 5/2023 y, en concreto, en su artículo 5.5. Y de que se hizo saber a los socios, acreedores y trabajadores su derecho al examen en el domicilio social, así como la entrega o al envío gratuitos, por medios electrónicos, de los documentos a que se refiere el artículo 46.1 RDL 5/2023.

La fusión de las mencionadas sociedades implica la extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquiere por sucesión universal.

Se deja constancia del derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión. Todo ello sin perjuicio de otros derechos que de conformidad con el RDL 5/2023 pudieran corresponderles.

Madrid, 28 de junio de 2024.- Representante persona física de Connected World Services Europe, S.L. (Sociedad Administradora de Alterna Operador Integral, S.L. y Butik Energía, S.L.U.) y de Alterna Operador Integral, S.L. (Sociedad Administradora de Tu Comercializadora De Energía Luz, Dos, Tres, S.L.U, Roberto Tobillas Angulo.

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