Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2024-4253

TITAN 2020, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

TITAN 2020 PV, S.L.U, RENOVABLES SPINOLA I, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5306 a 5306 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4253

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace público que Titan 2020, S.A.U., como Sociedad Absorbente y socio único de las sociedades españolas Titan 2020 PV, S.L.U. y Renovables Spinola I, S.L.U., como Sociedades Absorbidas, constituido en junta general extraordinaria y universal conforme al artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, el día 28 de junio de 2024 decidió aprobar la fusión por absorción de Titan 2020 PV, S.L.U. y de Renovables Spinola I, S.L.U. con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y mediante adquisición por sucesión universal de sus patrimonios por parte la sociedad Absorbente, conforme a lo establecido en el proyecto común de fusión. Dicho proyecto fue suscrito el 28 de junio de 2024 el proyecto común de fusión por absorción por los respectivos órganos de administración de las tres sociedades. Asimismo, se hace constar que con fecha 28 de junio de 2024, el socio único de las Sociedades Absorbidas, esto es, Titan 2020, S.A.U., decidió aprobar la mencionada fusión por absorción en las mismas condiciones.

Se hace constar que, a la presente fusión, le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en los artículos 9, 53 y 56 del RDL 5/2023, dado que (i) la misma fue acordada por unanimidad; y, (ii) se trata de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. Se manifiesta que no existen trabajadores en ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas por las sociedades intervinientes en la fusión, así como los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2023. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del RDL 5/2023.

En Alcobendas (Madrid), 2 de julio de 2024.- El Presidente del Consejo de Administración de Titan 2020, S.A.U. Georgius Papadimitrious y, El Administrador Único de Titan 2020 PV, S.L.U. y de Renovables Spinola I, S.L.U., Jesús Carlos Relancio Bergasa.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid