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Documento BORME-C-2024-4257

INVERSIONES MANATRÉS, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

MMG LEVANTE INVERSIONES, S.L.U.

NEULIS CAPITAL, S.L.U.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5310 a 5310 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4257

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 1 de julio de 2024, la junta general de socios de Inversiones Manatrés, S.L. (la "Sociedad Escindida") ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de dos sociedades de nueva creación denominadas MMG Levante Inversiones, S.L.U. y Neulis Capital, S.L.U., en los términos establecidos en el proyecto de escisión de fecha 1 de mayo de 2024.

La escisión parcial implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una unidad económica a cada una de las Sociedades Beneficiarias y (ii) la reducción de los fondos propios de la Sociedad Escindida.

Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 LME, en tanto la junta general de socios de la Sociedad Escindida ha aprobado la escisión en reunión universal y por unanimidad, el acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación (salvo en el extremo dirigido a los trabajadores).

De conformidad con el artículo 68 de la LME, no ha sido necesario informe de experto independiente, al haber sido esa la voluntad unánime de todos los socios de la Sociedad Escindida con derecho de voto.

Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como del balance utilizado como base a los efectos de establecer las condiciones de la operación.

En Murcia, 3 de julio de 2024.- Los consejeros de la sociedad escindida, D. Juan Luis Martínez Giménez, D. Pablo Martínez Giménez y Dña. Marina Martínez Giménez.

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