En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.1 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, mediante el que se traspone la directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, el "RDL"), se publica que, con fecha 27 de junio de 2024, la Junta General de Socios de PHI 4 TECHNOLOGY, S.L. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") acordó la fusión por absorción de MIND CAPS SMART SUPERCAPACITORS, S.L.U., TREGO PRODUCTOS QUÍMICOS, S.L.U. y MD GRAPHENE, S.L.U. (en adelante, las "Sociedades Absorbidas") por la Sociedad Absorbente, al no ser necesaria su aprobación por el socio único de las Sociedades Absorbidas, conforme al artículo 53.4º del RDL.
En consecuencia, la Sociedad Absorbente adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, que quedan disueltas, habiéndose aprobado asimismo los balances de fusión de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, cerrados a 30 de noviembre de 2023.
El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto común de fusión que fue formulado y suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y por los Consejos de Administración de las Sociedades Absorbidas, con fecha 16 de febrero de 2024.
Se hace constar que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.4 del RDL, quedó depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 8 de mayo de 2024, el proyecto común de fusión, junto con un anuncio por el que se hizo constar el derecho de los socios, acreedores y trabajadores a presentar observaciones relativas al proyecto común de fusión hasta los cinco (5) días laborables anteriores a la fecha la Junta General que aprobó la fusión. Dicho depósito se publicó en el BORME con fecha 20 de mayo de 2024.
Asimismo, se hace constar que se ha cumplido con el derecho de información de los trabajadores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas mediante la puesta a su disposición del proyecto común de fusión y el informe sobre las consecuencias de la fusión para los trabajadores conforme a lo establecido en el RDL.
Igualmente, se pone de manifiesto que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 del RDL, se puso a disposición de los socios y de los trabajadores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas la información y documentos detallados en el mencionado artículo.
Por último, de conformidad con el artículo 10.1 del RDL, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión.
En Madrid, 9 de julio de 2024.- Jesús Hernández Gil, Secretario del Consejo de Administración de PHI 4 Technology, S.L., Mind Caps Supercapacitors, S.L.U., Trego Productos Químicos, S.L.U. y MD Graphene, S.L.U.
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