Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y del artículo 8 de los Estatutos Sociales, se hace público que la Junta General Ordinaria de Socios de la Sociedad SIENA EDUCACIÓN, S.A. ("la Sociedad"), en su reunión celebrada el pasado día 26 de junio de 2024, ha acordado aumentar el capital social por importe de ciento seis mil euros (106.000,00 €), mediante la emisión de un máximo de cien mil (100.000) nuevas acciones ordinarias de un euro con seis céntimos de euro (1,06 €) de valor nominal cada una, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las que se encuentran actualmente emitidas y desembolsadas, representadas por medio de títulos y numeradas de la 4.650.001 a la 4.750.000 ambos inclusive.
Como consecuencia de dicho aumento, en el caso de ser asumido éste en su totalidad, el capital social de la sociedad quedará fijado en 5.035.000 €, totalmente suscrito y desembolsado, llevándose a cabo la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales en los términos correspondientes.
Asimismo se aprobó por la Junta en la misma sesión como acuerdo Sexto la delegación en el Consejo de Administración cuantas facultades sean delegables, en los términos previstos en el artículo 297 de la Ley de Sociedades de Capital, para fijar las condiciones del aumento de capital social en todo lo no previsto en el acuerdo de ampliación.
El importe de las acciones que se asuman serán íntegramente satisfechas y desembolsadas mediante aportaciones dinerarias, a través de transferencias bancarias a la cuenta bancaria de la que la Sociedad es titular.
Los socios que no hubieran renunciado con anterioridad al ejercicio de su derecho de suscripción preferente podrán ejercitarlo en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio conforme al artículo 8 de los Estatutos Sociales y, en consecuencia, suscribir, las acciones sociales que se correspondan con sus respectivos porcentajes en el capital social de la Sociedad, desembolsando, cada uno de ellos, las cantidades concretas de que se traten.
Transcurrido el mes, por disposición del Consejo de Administración, las participaciones no suscritas por el resto de socios serán ofrecidas por el órgano de administración nuevamente a los socios que sí hayan ejercido su derecho de suscripción preferente para que éstos las adquieran y desembolsen en un plazo de diez días, en los términos dispuestos en el artículo 307 de la Ley de Capital Social.
La Junta General ha autorizado la asunción incompleta de la ampliación de capital, lo cual quiere decir, que el capital de la Sociedad quedará efectivamente aumentado en la parte que resulte asumido y desembolsado una vez transcurrido el plazo de asunción.
Madrid, 9 de julio de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, Aureo Ruiz de Villa Gómez Setién.
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