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Documento BORME-C-2024-4422

NEUROQX CANARIAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

NEUROCIRUGÍA ORRIBO SLUP. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 5511 a 5511 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4422

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, LME), se hace público que la sociedades NEUROQX CANARIAS, S.L. (Sociedad absorbente) y NEUROCIRUGÍA ORRIBO SLUP. (Sociedad absorbida) en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de 28 de junio de 2024 aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de NEUROCIRUGÍA ORRIBO SLUP. (Sociedad absorbida), por parte de NEUROQX CANARIAS, S.L. (Sociedad absorbente) con disolución sin liquidación de aquéllas, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la sociedad absorbente.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 8 LME que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de todas las sociedades con fecha 28 de junio de 2024.

De conformidad con el artículo 9 de LME el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 LME.

Santa Cruz de Tenerife, 15 de julio de 2024.- Administradores, Luis Fernando Perez Orribo y Liberto Enmanuel Brage Martin.

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