Contenu non disponible en français
La Junta General de Accionistas de Repsol, Sociedad Anónima ("Repsol" o la "Sociedad"), celebrada en segunda convocatoria el 10 de mayo de 2024, aprobó, dentro del punto séptimo del orden del día, reducir el capital social de la Sociedad en un importe de 40.000.000 de euros, mediante la amortización de 40.000.000 de acciones propias de la Sociedad provenientes de las siguientes fuentes: (i) acciones adquiridas por la Sociedad mediante un programa de recompra dirigido a todos los accionistas de un máximo de 35.000.000 de acciones propias aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión del 21 de febrero de 2024 y puesto en marcha por el Consejero Delegado el 25 de marzo de 2024; y (ii) acciones propias existentes en autocartera a 21 de febrero de 2024 y/o acciones adquiridas mediante la liquidación de derivados sobre acciones propias contratados por la Sociedad con anterioridad al 21 de febrero de 2024.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que el Consejero Delegado de la Sociedad, de conformidad con la autorización conferida por la Junta General de Accionistas antes referida y con la delegación efectuada en su favor por el Consejo de Administración, ha acordado en el día de hoy reducir el capital social de Repsol en la cuantía de 40.000.000 de euros, mediante la amortización de 40.000.000 de acciones propias. Dicho número de acciones es el resultado de sumar: (i) 35.000.000 de acciones propias adquiridas a través del referido programa de recompra; y (ii) 5.000.000 de acciones propias existentes en autocartera a 21 de febrero de 2024. El capital social de la Sociedad tras la reducción ha quedado fijado en 1.177.396.053 euros, correspondientes a 1.177.396.053 acciones de un euro de valor nominal cada una.
La finalidad de la Reducción de Capital es la amortización de acciones propias, coadyuvando a la retribución del accionista de la Sociedad mediante el incremento del beneficio por acción.
La Reducción de Capital no ha entrañado la devolución de aportaciones, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. A los efectos de lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital, se ha dotado con cargo a reservas libres (en concreto, con cargo a la cuenta de reservas voluntarias) una "reserva por capital amortizado" por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 40.000.000 de euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.
En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.
Asimismo, se comunica que Repsol solicitará la exclusión de negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de esas mismas acciones amortizadas en los registros contables de "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A." (Sociedad Unipersonal) (IBERCLEAR).
El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web corporativa de Repsol (www.repsol.com).
Madrid, 12 de julio de 2024.- Secretario del Consejo de Administración, Pablo Blanco Pérez.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid