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Documento BORME-C-2024-4507

PICKING GADES, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 5602 a 5602 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2024-4507

TEXTO

Anuncio conforme al artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital para el ejercicio del derecho de asunción preferente de nuevas participaciones por aumento de capital de PICKING GADES, S.L.

La Junta General de PICKING GADES, S.L. (en adelante, la "Sociedad" o la "Compañía"), en fecha 28 de junio de 2024, adoptó, entre otros, el acuerdo de reducción a cero y aumento, de forma simultánea, del capital social de la Compañía mediante aportación no dineraria consistente en la compensación de créditos, así como mediante aportaciones dinerarias para cumplimentar el derecho de asunción preferente de los socios.

El capital social se aumentará hasta la cifra máxima de 99.000 euros mediante la emisión de 9.900 nuevas participaciones sociales de 10 euros de valor nominal, numeradas de la 1 la 9.900, ambas inclusive, de las mismas características que las actualmente existentes.

La cifra de SESENTA Y SEIS MIL EUROS (66.000€), correspondiente a 6.600 participaciones sociales, será suscrita y desembolsada íntegramente mediante aportación no dineraria consistente en la compensación de créditos, y la cifra de TREINTA Y TRES MIL EUROS (33.000€), correspondiente a 3.300 participaciones sociales, será suscrita y desembolsada íntegramente mediante aportación dineraria, existiendo un derecho de asunción preferente para los socios minoritarios de la Sociedad que no acudan al aumento de capital mediante la compensación de créditos.

A estos efectos, los socios que, en ejercicio del derecho de asunción preferente concedido deseen acudir al aumento de capital deberán comunicarlo por escrito a la Compañía, concretando el número de participaciones solicitado, y en todo caso, deberán desembolsar íntegramente el importe que pretendan suscribir mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Sociedad que sea indicada al efecto.

De acuerdo con el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, el plazo para el ejercicio del derecho de preferencia de asunción de las nuevas participaciones reconocido en el acuerdo de la Junta General por parte de los socios será de un mes a contar desde el día a su publicación en el BORME.

Jerez de La Frontera, 18 de julio de 2024.- Consejeros, D. Manuel Martinez de Ubago Escuredo, D. Carlos Martínez de Ubago Ramos y Dña. Rocío López Ibáñez.

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