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Documento BORME-C-2024-4525

MOBILSAFE, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 5622 a 5622 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-4525

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 304 y 305 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la junta general extraordinaria de socios de la sociedad Mobilsafe S.L. (CIF B75172874) celebrada en su domicilio social, en el número 54 del Paseo de Mikeletegi de San Sebastián, el día 28 de junio de 2024, adoptó el acuerdo de aumentar el capital social en la cantidad de TREINTA MIL euros (30.000 €), es decir, hasta la cifra de TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (33.333 €).

El aumento de capital se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de TREINTA MIL (30.000) nuevas participaciones de un Euro (1€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 3.334 a la 33.333, ambas inclusive, con el mismo contenido de derechos y obligaciones que las anteriores, en la forma que sigue:

En primer lugar, se va a someter a la aprobación de la junta general una ampliación de capital de la Sociedad en la cantidad de VEINTE MIL EUROS (20.000´00 €), es decir, hasta la cifra de VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (23.333´00 €), mediante la creación y puesta en circulación de veinte mil (20.000) nuevas participaciones de un Euro (1€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 3.334 a la 23.333, ambos inclusive.

Asimismo, se va a someter a la aprobación de la junta general una ampliación de capital de la Sociedad en la cantidad de DIEZ MIL EUROS (10.000´00 €), es decir, hasta la cifra de TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (33.333´00 €), mediante la creación y puesta en circulación de diez mil (10.000) nuevas participaciones de un Euro (1€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 23.334 a la 33.333, ambos inclusive

Los actuales socios podrán ejercitar el derecho de asunción preferente respecto a las participaciones puestas en circulación en virtud de la ampliación de capital social por aportación dineraria en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio.

En el caso de ejercicio del derecho de preferencia, las nuevas participaciones deberán ser desembolsadas en su integridad en el momento de la suscripción, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que indique la Sociedad, lo que deberá acreditarse al notario autorizante mediante el correspondiente certificado bancario acreditativo del ingreso.

A los efectos del artículo 310 de la Ley de Sociedades de Capital, se establece que en caso de que el aumento aprobado en este acuerdo no se desembolse íntegramente dentro del plazo fijado al efecto, es decir, en caso de que quedase desembolsado de forma incompleta, el capital quedará aumentado, en su caso, en la cuantía de las participaciones efectivamente desembolsadas.

San Sebastian, 19 de julio de 2024.- Administradores Mancomunados, D. José Viteri Larrea y D. Ignacio Martínez Fonseca.

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