Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, el 22 de julio de 2024, el Accionista Único de "Rubix Iberia, S.A.U." y el de "Buenaventura Giner, S.A.U." han decidido aprobar la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por la primera de esta última, con disolución sin liquidación de la Absorbida y traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente, a título de sucesión universal, de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023 al ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y del balance de la fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1 del Real Decreto-ley 5/2023.
Galdakao, 22 de julio de 2024.- Presidente del Consejo de Administración de "Rubix Iberia, S.A.U." y de "Buenaventura Giner, S.A.U.", Don Jesús Martínez Planas.
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