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Documento BORME-C-2024-4655

INSUR PATRIMONIAL, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

IDS ANDALUCÍA PATRIMONIAL, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 5775 a 5775 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4655

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDLME"), se hace público que el Socio Único de la sociedad Insur Patrimonial, S.L.U. ha decidido, en fecha 30 de junio de 2024, la absorción de la sociedad íntegramente participada IDS Andalucía Patrimonial, S.L.U, en los términos previstos en el proyecto común de fusión, de fecha 30 de junio de 2024, suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes. Asimismo, se aprobaron como balances de fusión de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida los cerrados a 31 de diciembre de 2023.

La fusión por absorción implica la extinción de la personalidad jurídica de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque, por sucesión universal, de la totalidad del patrimonio de ésta a la Sociedad Absorbente, sin que sea necesario llevar a cabo una ampliación de capital en esta última entidad.

En la medida en que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida ostentan la condición de sociedades unipersonales, la operación de fusión se acoge, por aplicación analógica, al régimen dispuesto en el artículo 9 del RDLME, previsto para el supuesto en que el acuerdo se adopte por junta general universal y por unanimidad.

Se hace constar que se ha puesto a disposición de los socios y de los trabajadores todos los documentos requeridos legalmente. Las sociedades intervinientes no tienen obligacionistas ni titulares de derechos especiales.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a todos los acreedores de solicitar las garantías adecuadas de sus créditos, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último de los anuncios de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RDLME.

En Sevilla, 17 de julio de 2024.- Francisco Pumar López, representante persona física de Inmobiliaria del Sur, S.L, Administrador Único de Insur Patrimonial, S.L.U., y IDS Andalucía Patrimonial, S.L.U.

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